• Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERMIN JAVIER ECHARRI CASI
  • Nº Recurso: 100/2024
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Admisibilidad de las diligencias de investigación en la fase de instrucción. Transferencia de información sobre investigaciones realizadas en el extranjero. Legalidad de las fuentes confidenciales de información y de las delaciones anónimas. No es preciso acreditar la forma de obtención del número de teléfono de un sospechoso cuando no hay indicios de ilegitimidad en el proceso de obtención de la información. No puede admitirse una presunción de ilegitimidad en la actuación policial. No existe un derecho a que el encausado pueda desvelar el contenido y alcance de las colaboraciones policiales internacionales.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 1523/2022
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestiman los recursos interpuestos por la AEAT y la persona jurídica condenada. Principios invariabilidad de las resoluciones judiciales y acusatorio: no se vulneran por el dictado de un auto de complemento de sentencia, tras constatar que se había producido la omisión denunciada, sobre la base de lo ya resuelto en la sentencia, tratándose además de hechos incluidos en los escritos de acusación y sobre los que se debatió en el plenario. Se declara la validez del registro practicado en el domicilio de la persona jurídica, acordado por auto motivado que no fue anulado por la STS, Sala Tercera, 14-07-2021. Responsabilidad penal de la persona jurídica: correcta apreciación del dolo defraudatorio en los cuatro delitos cometidos por la persona física en el ejercicio de las actividades sociales. La sociedad era la obligada tributaria, y por tanto la beneficiaria directa de la defraudación. La constatación de pago y el cumplimiento de las obligaciones fiscales en la cuantía correspondiente a sus ingresos era fácilmente comprobable y controlable, por lo que resulta evidente que hubo ausencia de los debidos controles por parte de la persona jurídica respecto del cumplimiento, en legal forma, de las correspondientes obligaciones tributarias ordinarias, por lo que debe responder como autora de los delitos fiscales cometidos. Modulación de la pena de multa: no procede, las penas no superan el máximo previsto para el concreto delito objeto de condena y suma apenas excede del máximo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
  • Nº Recurso: 2948/2021
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El control que corresponde al Tribunal Supremo, cuando se alega vulneración del derecho a la presunción de inocencia, se concreta, en realidad, en verificar si la respuesta que ha dado el Tribunal de apelación ha sido racional y ha respetado la doctrina del Tribunal Constitucional y de esta Sala sobre el alcance de la revisión, sobre la motivación y sobre la validez de las pruebas. En definitiva, se materializa en cuatro puntos: a) en primer lugar, si el Tribunal Superior de Justicia, al examinar la sentencia de la Audiencia Provincial, se ha mantenido dentro de los límites de revisión que le corresponden; b) en segundo lugar, si ha aplicado correctamente la doctrina de esta Sala y del Tribunal Constitucional sobre la necesidad de motivar la valoración de la prueba, tanto al resolver sobre la queja de falta de motivación, en su caso, como al fundamentar sus propias decisiones; c) en tercer lugar, si ha respetado la doctrina de esta Sala y del Tribunal Constitucional acerca de las garantías y reglas relativas
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 1599/2022
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cuando se denuncia en casación la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, ha de verificarse si la prueba de cargo en base a la cual el tribunal sentenciador dictó sentencia condenatoria fue obtenida con respeto a las garantías inherentes del proceso debido. Sólo esta motivación permite al justiciable, y a la sociedad en general, conocer las razones de las decisiones de los órganos jurisdiccionales y facilitar el control de la racionalidad y corrección técnica de la decisión por el Tribunal que revise la resolución en vía de recurso. La finalidad de la motivación será hacer constar la as razones en las que se sostiene la decisión adoptada, de suerte que pueda ponerse de manifiesto que no se ha actuado con arbitrariedad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 11129/2023
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Violación. Agresión sexual introducción de dedos en la vagina sin consentimiento, so pretexto de confirmar una relación sexual anterior. Ámbito del recurso de casación contra las sentencias dictadas por los Tribunales Superiores de Justicia tras la reforma operada en el año 2015. Diferencia entre las manifestaciones espontáneas de un sospechoso a terceros o ante los agentes policiales; y una declaración oficial efectuada en sede policial, con asistencia de Letrado y previa lectura de derechos. Se admite la validez probatoria de la confesión extrajudicial, siempre que acceda al juicio oral, mediante la declaración de quien la oyó. Configuración de la intimidación y de la fuerza a los efectos del delito de agresión sexual. Lesiones de la víctima al tratar de huir de la vivienda ante el temor al acusado y caer al intentar descolgarse por un balcón. Análisis de la imputación objetiva y jurisprudencia de esta Sala. Compatibilidad tipo agravado de parentesco y agravante de género.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
  • Nº Recurso: 1152/2022
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El derecho a la doble instancia queda satisfecho con el recurso de apelación, recuperando con ello el legislador la libertad para ajustar el modelo impugnatorio al fin pretendido que, para este recurso, es, exclusivamente, fortalecer, al hilo del interés subjetivo afectado por la sentencia de apelación, la función nomofiláctica del Tribunal Supremo respecto a todos los delitos. El recurso de casación penal ocupa una posición esencial en el sistema de garantías jurisdiccionales consagradas en el artículo 24 CE , dado que este precepto se vincula con la posibilidad de someter el fallo penal condenatorio a la revisión de un Tribunal superior. El recurso de casación interpuesto tras la reforma de la LO 41/2015 exige pleno respeto a lo dispuesto en el artículo 847.1.b) LECrim.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 1233/2022
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Abuso sexual a menores. El dies a quo para el computo de la prescripción comienza con la mayoría de edad de la víctima. Desde que entró en vigor la reforma operada en el Código Penal por efecto de la LO 14/1999, panorama normativo vigente a la fecha de los hechos, el artículo 132.1 párrafo segundo CP. estableció que los términos de la prescripción, entre otros, de los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales que afecten a personas menores de edad, comenzarían a contar desde que la misma alcance la mayoría de edad. Se entiende que no es de aplicación retroactiva la LO 10/2022.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA LUZ GARCIA MONTEYS
  • Nº Recurso: 190/2024
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Señala la sentencia que, en la alzada, se debe determinar si la valoración alcanzada por el órgano de instancia es lógica, coherente y razonable, de acuerdo con las máximas de experiencia, reglas de la lógica y principios científicos, controlando los razonamientos en los que se apoya la decisión, pero no se debe llevar a cabo una nueva valoración que sustituya la efectuada por el juzgador de instancia cuando ésta presenta las mencionadas cualidades. Se concluye por la Sala que la prueba es concluyente al demostrar que una vez que el acusado tuvo en su poder las cantidades recibidas como pago por el vehículo cuya venta se le había encargado, aprovechando que sabía de la ausencia del denunciante en territorio español y su falta de documentación en nuestro país, decidió apropiarse definitivamente de dichos fondos sin tener la menor intención de restituirlos a su legítimo propietario. El delito de apropiación indebida, cuando tiene dinero por objeto, se consuma cuando se hace patente que el sujeto activo ha incorporado a su patrimonio el dinero que recibió con la obligación de entregarlo a un tercero, como es el caso, citando jurisprudencia del TS relativa a cuándo debe considerarse que se ha alcanzado el "punto de no retorno", es decir que se constate que se ha alcanzado un momento en que se aprecie una voluntad definitiva de no entregarlo o devolverlo o la imposibilidad de entrega o devolución, lo que sucedió en el caso enjuiciado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 2806/2022
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurre la acusación particular por infracción de ley, señalando que los hechos probados contienen todos los elementos del delito de estafa por el que acusaba. El recurso se desestima. Las alegaciones no respetan el juicio histórico. El recurrente realiza la calificación jurídica, no sobre los hechos que la sentencia declara probados, sino sobre los hechos que la defensa estima procedentes. Las alegaciones debieron articularse por la vía de los artículos 852 de la LECrim. En todo caso, se recuerda que a las acusaciones no les corresponde un pretendido derecho a una especie de presunción de inocencia invertida que asegure el derecho a una condena cuando existan pruebas que, con independencia de su valoración respecto de su suficiencia, puedan ser consideradas como pruebas de cargo. Se afirma también que la duda no resuelta sobre los hechos debe provocar la absolución del acusado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
  • Nº Recurso: 1257/2022
  • Fecha: 07/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Falsificación en documento mercantil en concurso medial con estafa procesal. Recurso de apelación previo al de casación; su tratamiento y doctrina general de la Sala. Autonomía de cada procedimiento en lo que a su objeto y valoración probatoria se refiere, sin estar vinculado el penal por lo que en juicio civil se dijera. Consideración del documento mercantil, como privado, a efectos penales. Delito de estafa procesal consumada desde el momento en que se dicta la resolución fraudulenta; el que llegue a hacerse efectivo el perjuicio corresponde a la fase de agotamiento del delito. Regla para la determinación de la pena en caso de concurso medial de delito. La atenuante de dilaciones indebidas.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.